Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes objeto de subasta desde el momento de su intervención en el proceso de venta pública, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable.
-La entidad encargada de la subasta pública no exigirá la prestación de depósito alguno para participar en la subasta.
-La dirección de correo electrónico que se designe a efectos de comunicaciones por los usuarios ofertantes en la página web a través de la que se realice la subasta será plenamente válida y eficaz a los efectos de cualesquiera notificaciones al usuario posteriores tanto realizados por la entidad especializada asignada como por la Administración Concursal hasta la conclusión del concurso.
-El coste del servicio de la entidad especializada será con cargo a la masa, salvo en un escenario de insuficiencia comunicado previamente a la celebración dela subasta, en cuyo caso cabe la imputación al adjudicatario siempre y cuando se prevea que tampoco pueda obtenerse su satisfacción como crédito imprescindible para la liquidación.
Los honorarios de la entidad especializada serán del 5% del importe de la mejor postura.
-Todos los gastos e impuestos de cualquier naturaleza que hubiera que asumir derivados de las operaciones de venta y/o adjudicaciones, serán por cuenta del comprador y/o adjudicatario, sin que ello suponga alterar la condición de sujeto pasivo establecido en las normas.
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