| Pujador | Importe de puja | Hora de la puja |
| a*******s | 601,00€ | 2020-09-22 08:00:38 |
| f*****a | 600,00€ | 2020-09-22 07:51:33 |
| c******o | 500,00€ | 2020-09-21 13:24:31 |
| f*****a | 300,00€ | 2020-09-21 10:35:11 |
| Puja inicial | 0,00€ | 01/09/2020 08:00:00 |
Descripción
| DENOMINACIÓN | MATRICULA | VALOR | |
| LOTE Nº 9.- | SEMIRREMOLQUE | CS04044R | 3.000,00 |
– Al ser una subasta electrónica, se dejará constancia de las pujas mediante certificado de la entidad especializada.
– La venta lo es libre de cargas y gravámenes, y los bienes NO están afectos al pago de créditos con privilegio especial.
– La subasta se realizará sin sujeción a tipo, por lo que los valores incluidos en la última columna de la tabla tienen un mero valor orientativo.
– La subasta será publicitada en la página web en que se celebra la subasta, pudiendo ésta, así como la Administración Concursal realizar los actos de publicidad adicionales que estimen pertinentes.
– Otros datos y circunstancias relevantes en relación a la subasta:
* No se establece la ampliación de la hora de finalización de la subasta por ninguna circunstancia.
* En la subasta a través de entidad especializada no serán de aplicación los precios mínimos de venta en relación al avalúo tanto para el caso de bienes muebles como de inmuebles.
* Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes objeto de subasta desde el momento de su intervención en el proceso de venta pública, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable, renunciando los adquirentes a la acción de saneamiento y vicios.
– Los honorarios correspondientes a la prestación de los servicios de la entidad especializada serán del 10% del importe de adjudicación y serán abonados por quien resulte adquirente de los bienes, sin que dicho importe pueda ser considerado parte del precio.
* Todos los gastos de la venta pública y los derivados de la cancelación de cargas y anotaciones registrales, embargos o dimanantes del concurso, serán de cuenta y cargo de la parte compradora.
* Los interesados en la realización de pujas por los bienes, deberán constituir un depósito equivalente al 15% del importe por el que deseen pujar, que se hará efectivo en la cuenta de la concursada, a cuyo efecto deberán solicitar el citado número de cuenta por correo electrónico a la dirección info@liquidacionbienesconcursos.com.
Finalizada la subasta se procederá a la devolución de los depósitos constituidos para pujar, excepto la que corresponda al mejor postor, ya que el importe depositado formará parte del precio a pagar.
Para el supuesto de que en cualquiera de los estados previstos para la subasta de los bienes el mejor postor designado adjudicatario de los mismos no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate, perderá el depósito que hubiera efectuado, pudiendo la Administración Concursal, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor (en la forma que se establezca en las bases y condiciones de intervención en la subasta pública) declarar adjudicatario a los subsiguientes mejores postores habidos en la subasta pública celebrada, por el orden de sus respectivas posturas.
* Finalizada la subasta, la Administración Concursal requerirá a los adquirentes la formalización de la trasmisión de los bienes, debiendo abonarse el precio de la compraventa, así como la comisión de la entidad especializada antes de la entrega de la posesión de los bienes. La transmisión deberá verificarse en el plazo máximo de un mes desde la finalización del proceso de subasta, disponiendo los compradores de un plazo de 5 días desde la realización del pago para la retirada o recogida de los bienes.
* El mejor postor podrá ceder el remate, siempre que comunique a la Administración Concursal la identidad y datos del rematante en el plazo de diez días naturales desde que se le comunique que su oferta ha sido la más alta.
* Tras el otorgamiento de los documentos de transmisión, se solicitará al Juzgado la expedición de los mandamientos de levantamiento de las cargas y gravámenes sobre los bienes subastados, en caso de constar anotaciones de este tipo.
* En cualquier caso la Administración Concursal se reserva la facultad de desistir de la venta pública si el resultado de la subasta, según su criterio, fuere contrario al interés del concurso. En ningún caso se podrá desistir si el precio obtenido fuese superior al valor previsto a efectos de liquidación en el plan de liquidación.
* No podrán intervenir en la subasta ni realizar pujas personas vinculadas a la empresa (administrador societario o familiares de éste), con el fin de evitar el fraude en subasta previsto en la legislación penal.
La imagen del producto tiene carácter orientativo.
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